5 pasos para saldar tus deudas con la DGII

Los dominicanos, tanto a nivel personal como empresarial, somos cada día más responsables a la hora de gestionar nuestras finanzas. Siempre le digo a mis clientes que la mejor receta para llevar una buena contabilidad es la planeación y la prevención. Sin embargo, en muchas ocasiones y por situaciones muy diversas, no podemos evitar sufrir inconvenientes como el contraer deudas.

Cuando alguien me pregunta “¿qué puede hacer para saldar mis deudas?” mi recomendación siempre es la misma: llegar a un acuerdo con la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Mediante esta solución, puedes pagar tus deudas en cuotas iguales.

Estos acuerdos podrán ser solicitados tanto por personas físicas como jurídicas, a través de unos formularios establecidos por la DGII. La institución ha incluido todas las condiciones al detalle en su Guía del Contribuyente.

¿Cuáles son las condiciones para solicitar el acuerdo?

  1. Debes pagar el monto inicial de la deuda, por lo menos un 10% de su totalidad.
  2. Ante la DGII, debes tener inmuebles o vehículos registrado a tu nombre.
  3. En caso de no cumplir con la condición anterior, debes firmar un pagaré notarial donde se detalle el concepto de la deuda y el monto por el cual se realiza el acuerdo de pago.
  4. Es obligatorio no tener cuotas vencidas de los acuerdos anteriores.
  5. El máximo de cuotas son 12. En mi experiencia, un truco para asegurarte este máximo es hacer una solicitud mayor como, por ejemplo, 18 cuotas.

Una vez alcanzado el acuerdo con la DGII, es muy importante no atrasarte en las cuotas ya que a estos pagos se le aplica un recargo de 1.73% de interés.

Espero que estos consejos te sean útiles. Si tienes alguna duda, ¡te invito a dejarme un comentario!

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